Violencia intrafamiliar y pandemia

La violencia, en todas sus formas, es un tema que sigue intrigando a los investigadores.

Al inicio del confinamiento por la propagación del COVID-19, la Organización Mundial de la Salud (OMS) destacó que las denuncias por situaciones de violencia estaban en aumento en todos los países. Además, aseguró que, si el confinamiento continuaba, en los próximos seis meses, se producirían otros 31 millones de casos de violencia intrafamiliar en el mundo.

violencia intrafamilar

¿Qué es la violencia intrafamiliar?

  • Es una de las expresiones de agresión y maltrato que más afecta la formación y el desarrollo integral de la personalidad de una persona.
  • Es una problemática que está dentro de una organización social e inserta en un sistema de creencias culturales que dominan la forma de ser y el estilo de relación.

La situación de pandemia causada por la propagación del COVID-19 obligó a las personas a mantener una relación cercana con los miembros de la familia, ya que las actividades laborales y educativas se trasladaron al hogar.

Esto provocó que los hábitos se adecúen y los miembros de la familia se acoplen a la “nueva normalidad”.

violencia intrafamiliar

Según el Ministerio de Trabajo (MDT), desde que empezó la cuarentena hasta el mes de mayo de 2020, 89.000 trabajadores que se acogieron a la suspensión de su jornada laboral por distintos motivos contemplados en la ley.

La pandemia trajo desempleo y situaciones de angustia y tristeza por la enfermedad y las muertes.

Estudios psicológicos explican la relación entre las crisis que intensifican el estrés y las manifestaciones de violencia en el contexto familiar.

El 35% de las mujeres en el mundo ha sufrido violencia física y/o sexual por parte de un compañero sentimental o violencia sexual por parte de otra persona distinta a su compañero sentimental en algún momento de su vida.

Según el ECU 911, durante el confinamiento en Ecuador, la violencia provocada en el contexto de confinamiento aumentó en un 47%, hasta el 17 de abril de 2020.

La institución normalmente recibía un promedio de 268 llamadas al día, pero en el confinamiento recibió 587, sobre todo de mujeres pidiendo auxilio frente a agresores.

El artículo “Violencia Intrafamiliar en el marco de la Emergencia Sanitaria por el Covid-19”, se destaca que no solo las mujeres estuvieron expuestas a situaciones de violencia por el confinamiento, sino también niños, niñas, adolescentes y adultos mayores.

Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cientos de millones de niños han recibido amenazas afectando su seguridad y bienestar emocional.

En la cuarentena los niños y niñas corrieron mayor riesgo de sufrir violencia, explotación y problemas de salud mental.

World Vision estimó que cerca de 85 millones de niños y niñas pudieron sufrir violencia física, emocional y sexual durante los primeros tres meses de confinamiento.

Por ello, se considera que el contexto de confinamiento generó nuevas dinámicas violentas o un incremento en las mismas, en el entorno familiar. La prevención e intervención en estas situaciones debe ser prioridad

imagen contra violencia intrafamiliar

Las leyes ecuatorianas respaldan a las víctimas de violencia intrafamiliar:

  • Constitución de la República del Ecuador (CRE)

El Art. 81 de la Constitución del Ecuador [17] que indica que: “La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores y personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección. Se nombrarán fiscales y defensoras o defensores especializados para el tratamiento de estas causas, de acuerdo con la ley”.

  • Código Orgánico Integral Penal del Ecuador (COIP)

El Artículo 155, numeral 18, indica que: “Se considera violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar. Se consideran miembros del núcleo familiar a la o al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación”.

Realizado por:

Dra. Diana Montero PhD (C)
Docente, Investigadora y directora del Departamento de Internacionalización y Relaciones Públicas – Universidad Indoamérica

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